Una sentencia anula a las salas de banquetes el pago de los derechos por música





El Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Barcelona ha declarado en dos sentencias que la tarifa que aplican las entidades de gestión de los derechos de las empresas discográficas y de los artistas e intérpretes (AGEDI y AIE), a las salas de banquetes por la celebración de actos con música, son nulas.

Según un comunicado de La Viña y el Gremi de Restauració de Barcelona, la tarifa anulada establece que cada sala de banquetes debe pagar un fijo mensual en base al aforo del local.

La sentencia recuerda que la Ley impone que la tarifa se ha de fijar por el uso de música en la sala y no en base a su capacidad o aforo.

Más información en: agroinformacion.com

  • Anuncian la realización de segundo congreso de bodas
  • Completada la modernización de Riu Palace Tres Islas en Fuerteventura
  • RIU presenta este verano el Riu Cypria Resort tras unir sus dos hoteles en Chipre

    0 Comentarios de “Una sentencia anula a las salas de banquetes el pago de los derechos por música”

    1. No hay comentarios

    Comentar noticia